Tras años de retrasos, debate y exposición continuada de la población y la naturaleza a tóxicos con capacidad de afectar al sistema hormonal, los llamados disruptores endocrinos, los expertos de la UE han adoptado unos criterios de definición criticados duramente por científicos y ONGs.
La Comisión Europea se alegra del «importante paso que han dado hacia la protección de la población y el medio ambiente» con la aprobación de estos criterios.
Pero la comunidad científica y las ONGs para el cuidado del medio ambiente y la salud no opinan lo mismo. Al contrario, muestran una gran preocupación por los criterios adoptados, que consideran defectuosos por estas razones:
1 Obligan a años de exposición antes de actuar sobre un tóxico
Los criterios exigen un nivel de evidencia de daños en la salud y el medio ambiente irrazonablemente alto para actuar sobre un tóxico. Por supuesto, es necesario contar con evidencias científicas, pero sin olvidar que si se exige un nivel excesivamente alto, se condena a la población a más tiempo de exposición. En este aspecto se echa en falta el Principio de Precaución, que rige en Europa.
Este modo de actuar resultaría impensable con sustancias cancerígenas, y sin embargo es el que se va a utilizar para identificar disruptores endocrinos, que se relacionan con daños en el desarrollo cerebral, malformaciones en genitales, diabetes tipo 2 y cánceres en órganos relacionados con las hormonas, como cáncer de mama, próstata, tiroides o testículo (entre otros).
2. Incluyen lagunas en su definición
El objetivo de estos criterios es identificar toda sustancia presente en los pesticidas que pueda afectar al sistema endocrino, para eliminarla automáticamente. Por lo tanto, estos criterios deben incluir todas las sustancias disruptoras endocrinas, sin aceptar excepciones.
Sin embargo, los criterios aprobados incluyen una «excepción» inaudita: se excluye de la definición de disruptor endocrino aquellos pesticidas que se han creado para afectar al sistema endocrino. Esta excepción sólo se entiende por la enorme presión que ha ejercido la industria de plaguicidas, atemorizada ante la prohibición de varios de sus productos, como los insecticidas creados para alterar el sistema hormonal de los insectos.
Desde el punto de vista ambiental, esta excepción es muy peligrosa porque permitirá insecticidas creados para dañar al sistema hormonal de un tipo de insecto aunque dañen a otras especies de insecto, por ejemplo, a los polinizadores.
3. Se aplicarán a otros productos como juguetes, envases y cosméticos
La importancia de tener unos criterios adecuados se entiende aún más si se tiene en cuenta que Europa quiere utilizarlos, en un futuro, no sólo en plaguicidas y biocidas sino en otros ámbitos como juguetes, cosméticos y materiales en contacto con los alimentos.
Aún tenemos la baza del Parlamento Europeo
Los criterios han sido aprobados en el Comité de Plantas, Animales, Alimentos y Piensos, un comité específico al que acuden representantes de todos los Estados miembros.
Pero para que sigan adelante, deben ser aprobados por el Parlamento Europeo, algo que sucederá a lo largo de 2017. Por lo tanto, el Parlamento Europeo aún puede vetar la propuesta de criterios.
Desde Ecologistas en Acción seguiremos informando a nuestras y nuestros Europarlamentarios sobre los peligros de estos criterios, para conseguir su voto en contra.
Mientras tanto, recomendamos seguir nuestros consejos para evitar la exposición a estos tóxicos en alimentos y otros productos cotidianos.
Propuesta votada: propuesta 30 mayo REV04