La Comisión Europea ha incumplido su obligación legal de adoptar los criterios científicos que definan los alteradores hormonales, según sentencia del Tribunal General de la UE.
Ver Comunicado de Prensa del Tribunal General de la UE
La Comisión tendría que haber definido los criterios de identificación de los contaminantes hormonales en diciembre de 2013, en cumplimiento del Reglamento de biocidas, para evitar que estas sustancias peligrosas estuvieran en nuestro entorno. Pero, por presiones de la industria, han incumplido esta obligación durante los dos últimos años. La justificación de la Comisión a su falta de acción ha sido que debía realizar un estudio para valorar el impacto socio-económico de prohibir los plaguicidas y biocidas con estas propiedades. Pero esta excusa no ha convencido al Tribunal que concluye que la Comisión “ha incumplido sus obligaciones”.
La sentencia, que responde a la denuncia de Suecia contra la Comisión Europea, ha conseguido algo poco habitual: que se unan otras instituciones como el Parlamento Europeo, el Consejo Europeo y varios Estados miembro para parar este abuso de poder por parte de la Comisión. (Ver nota de prensa oficial de Suecia)
Este incumplimiento afecta a la salud de toda la población europea ya que la falta de definición legal sobre “Qué es un alterador hormonal” ha evitado que se desarrolle y aplique la normativa que prohíbe el uso de estas sustancias en plaguicidas y biocidas y por extensión, en otros productos.
Los alteradores hormonales o disruptores hormonales, EDCs, interfieren con nuestro sistema endocrino, y son sospechosos de causar daños tan graves como pérdida de fertilidad, problemas en el desarrollo infantil, daños en el sistema inmune y neuronal, obesidad y cánceres en órganos dependientes de las hormonas, como testículos, ovarios, próstata y tiroides.
Y estas sustancias se encuentran a nuestro alrededor, como ingredientes en productos tan habituales como plásticos en contacto con alimentos como tuppers, en cosméticos como cremas o perfumes, en productos de limpieza personal y del hogar, en ropa o en material informático, por citar algunos.
Las ONGs de la coalición EDC-Free, de la que forma parte Ecologistas en Acción, llevamos años denunciando la irresponsabilidad de la Comisión al no identificar a los disruptores endocrinos (ver noticia), por eso celebramos esta sentencia del Tribunal y esperamos que, a pesar de no ser vinculante, ayude a conseguir un avance en nuestra protección y la del ambiente.
Si tenéis curiosidad por conocer en qué otros productos podemos estar expuestos a estos contaminantes de nuestro sistema endocrino, aquí tenéis algunos ejemplos:
- Alteradores hormonales en fragancias
- Alteradores hormonales en botellas de agua
- Alteradores hormonales en hortalizas
- Alteradores hormonales en maquillaje
- Alteradores hormonales en insecticidas
- Alteradores hormonales en material médico
- Alteradores hormonales en juguetes
- Alteradores hormonales en envases alimentarios
- Alteradores hormonales en lociones corporales
- Alteradores hormonales en sartenes
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